Indemnización por error judicial

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Indemnización por Error Judicial.

Concepto.

Es el derecho que  tiene el que hubiere sido sometido a proceso o condenado en cualquier instancia, por resolución que la Corte Suprema declare injustificadamente errónea o arbitraria, a ser compensado por el Estado por los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido.

Requisitos de procedencia.

  • Existencia de un error en el pronunciamiento de una resolución privativa de libertad dictada en sede penal;
  • Que dicha resolución judicial haya sido declarada por la Corte Suprema como injustificadamente errónea o arbitraria;
  • Que el sujeto activo o demandante, haya sido sobreseído definitivamente  o absuelto en causa penal.

Procedimiento para la Declaración previa al ejercicio de la indemnización por error judicial.

  1. Regulación. Está regulado por el Auto Acordado de la Corte Suprema , de fecha 24 de mayo del año 1996.
  2. Plazo: 6 meses, contados desde que quedó ejecutoriada la sentencia absolutoria o el auto de sobreseimiento.
  3. Tribunal Competente: Corte Suprema.

Procedimiento de la Acción de Indemnización por error judicial.

  1. Regulación: Por disposición de la Corte Suprema, será tramitada en procedimiento breve y sumario;
  2. Tribunal Competente:  Juzgado de Letras en lo civil.