Teoría de Gobierno

TEORÍA DE GOBIERNO

Concepto de Gobierno.

Rousseau en su obra «El Contrato Social», define al gobierno de la siguiente manera: «Cuerpo intermedio establecido entre los súbditos y los soberanos para su mutua comunicación encargado de la ejecución de las leyes y del mantenimiento de la libertad tanto civil como política.»

Explica Rousseau que los miembros o integrantes de este cuerpo intermedio que corresponde al gobierno, son los reyes o gobernadores.
Según la RAE, es la acción o efecto de gobernar o gobernarse.

Formas de Gobierno.

CONCEPTO

Las formas de Gobierno se refieren a la manera como se ejerce y manifiesta el poder y al número de miembros al que se confía, así algunas de las formas de gobierno más conocidas en la historia son las siguientes : La Monarquía, la República, la Aristocracia, y la Democracia.

CLASIFICACIÓN DE LAS FORMAS DE GOBIERNO.

1. Clasificaciones según Aristóteles. Aristóteles  en su obra «La Política», clasificó las formas de gobierno en puras e impuras.

1.1 Formas de Gobierno Puras: Son las que buscan el interés general de la comunidad, y se clasifican en atención el número de miembros que ejerce el poder:

a) Monarquía: Gobierno de uno solo dirigido al interés general;

b) Aristocracia: Gobierno de algunos pocos que corresponde a los mejores y está dirigido al  interés general;

c) República: Gobierno de todos dirigidos al interés general.

2.2 Formas de Gobierno Impuras. Corresponden a degeneraciones de las formas puras de gobierno, que se dan cuando el gobierno es ejercido en el propio interés de los gobernantes.

  • Tiranía:  Monarquía cuando es ejercida en el propio interés del monarca;
  •  Oligarquía: Aristocracia cuando es ejercido en el interés de unos pocos; ( loas más ricos).
  • Democracia: República cuando es ejercida en el interés de muchos (los más pobres).

Esta clasificación de Aristóteles derivó en la clasificación tripartita de las formas de gobierno; Monarquía-Aristocracia-Democracia.

2. Clasificación según Montesquieu. Distingue tres formas de gobierno: monarquía, república y Despotismo.

  • Monarquía. Gobierno ejercido por uno solo con sujeción a leyes fijas y preestablecidas;
  • República. Gobierno ejercido por muchos, en cuyo caso se denomina democracia, o por algunos pocos, en cuyo caso se denomina aristocracia;
  • Despotismo. Gobierno ejercido por uno solo sin sujeción a ninguna ley.

3. Clasificación según Rousseau. Rousseau atendiendo al número de miembros concentran el poder, clasifica las formas de gobierno en Monarquía, Aristocracia y Democracia.

  • Monarquía. Es aquel en que el soberano concentra el gobierno en un magistrado único.
  • Aristocracia: Es aquel en que el soberano limita el gobierno en un pequeño número de individuos.
  • Democracia:  Es aquel en que el soberano deposita el gobierno en todo el pueblo o la mayoría de él.

4. Clasificación según el constitucionalismo clásico. Según el constitucionalismo clásico las formas de gobierno son dos: República y Monaquía.

4.1 Monarquía.
– Concepto. Forma de gobierno en que todo el poder se encuentra concentrado de manera vitalicia a un príncipe designado, generalmente, según orden hereditario y, a veces, por elección.

  • Características.

1. El gobierno se encuentra concentrado en una solo persona o grupo de personas;

2.  Generalmente es hereditaria, asume el hijo varón mayo (excepción a esto fue la monarquía del sacro imperio romano germánico).

3. Es vitalicia. Esto en consideración a que se consideraba que el monarca tenía un poder divino.

4. El rey es políticamente irresponsable, sólo respondía ante Dios.

4.2 República.

– Concepto. Forma de gobierno en que varias personas gobiernan en beneficio de la comunidad en general.  Cuando es ejercido por muchos, se denomina democracia, y cuando es ejercido por unos pocos, se denomina aristocracia.

 

– Características.

  • Elección de los gobernantes;
  • El cargo de jefe de Estado es temporal;
  • Los gobernantes tienen la obligación de hacer públicos sus actos;
  • El jefe de Estado es políticamente responsable de sus actos.
  • División de las funciones del Estado.

4.3 Aristocracia.

– Concepto. Forma de Gobierno en que unos pocos gobiernan en beneficio de toda la comunidad.

La forma típica de la Aristocracia, se da cuando los que ejercen el poder son los más sabios y ricos.

– Formas degeneradas de la Aristocracia:

  • Plutocracia. Los que ejercen el poder lo hacen en razón de la fortuna;
  • Timocracia. Los que ejercen el poder lo hacen en razón de la renta.
  • Tecnocracia. Los que ejercen el poder lo hacen en razón del conocimiento científico.
  • Burocracia. Los que ejercen el poder son los empleados públicos.

– Carácterísticas de la Aristocracia:

  • Número reducido de gobernantes;
  • Generalmente hereditario
  • Se opone a las monarquías y Democracias.

Democracia.

ETIMOLOGÍA DE LA PALABRA DEMOCRACIA.

La palabra democracia deriva de las raíces griegas demos, que significa pueblo, y Kratos, que significa gobierno, de ahí, se define etimológicamente a la democracia como el «gobierno del pueblo».

CONCEPTO.

1. RAE. El diccionario da dos acepciones, una como doctrina favorable a la intervención del pueblo en el gobierno, y otra como forma de vida.

2. Abraham Lincoln. Señaló que la democracia era el «Gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo». Gobierno del pueblo, en cuanto el pueblo es el titular y depositario del poder; Por el pueblo, en cuanto el pueblo es el órgano efectivo del gobierno; y Gobierno para el pueblo, por el ser el pueblo el beneficiario y destinatario de su acción.

Además, señalaba que hay dos formas de participación del pueblo en el gobierno: Una a través de la creación y ejecución de lasa normas jurídicas; 2 Y otra, a través de la designación de personas que ejercen el poder.

ORIGEN DE LA DEMOCRACIA

Se usa por primera vez el concepto de Democracia en Atenas, entre los siglos VII y IV A.C, y estaba representada por una Asamblea que estaba formada exclusivamente por ciudadanos.

PRINCIPIOS DE LA DEMOCRACIA.

  1. Elección de las autoridades;
  2. Existencia de mecanismo de participación de las autoridades en el gobierno;
  3. Responsabilidad de los autoridades
  4. Transparencia de los actos públicos;
  5. Existencia de catálogos de derechos y libertades reconocidos en un Constitución;
  6. Existencia de mecanismo de control frente a abusos de las autoridades, Debe
  7. Debe existir pluralismo y tolerancia;
  8. Debe existir un consenso fundamental en la sociedad;
  9. Independencia de los poderes del Estado;
  10. Reconocimiento de la igualdad entre los ciudadanos, que permita que la mayor cantidad de personas pueda participar en el gobierno sin exlusiones ni discriminaciones.

DIFERENCIA ENTRE PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS E INSTITUCIONES DEMOCRÁTICAS.

Los principios democráticos son las normas rectoras que inspiran a un sistema democrático, mientras que las Instituciones democráticas son los mecanismos a través de los cuales se pretende hacer efectivos los principios democráticos.

CLASIFICACIÓN DE LA DEMOCRACIA.

1. Democracia Directa. Es aquella en que el titular del poder es el pueblo, lo que significa que el propio pueblo ejerce las funciones de gobierno. La forma de gobierno que más se asemeja a esta clase de democracia es la de los Cantones Suizos.

2. Democracia Representativa. Es la que está ligada al constitucionalismo clásico. La RAE la define como «Aquella en que bajo diversas formas, concurre la nación por medio de sus representantes a la formación de las leyes».
En la Democracia representativa la titularidad de los poderes públicos reside en los representantes.
Al respecto es preciso distinguir entre dos clases de representación:
– Representación civil, que es aquella en que se considera jurídicamente que los actos realizados por el representante los realizó el representado;
– Y representación política, que es aquella en que no hay tal representación.

3. Democracia Semi-representativa. Es una evolución de la democracia representativa, en que el pueblo tiene algún grado de participación.
En esta democracia el parlamento depende del electorado, lo que se manifiesta en mecanismos de publicidad que se dan dentro del parlamento, en el contacto directo entre los parlamentarios y el electorado, y en el derecho del pueblo a pedir la disolución de las cámaras.
Un ejemplo de esta democracia es el gobierno de Inglaterra.

4. Democracia Semi-directa. Es aquella que implica un punto intermedio entre la democracia directa y la representativa.
Esta democracia se caracteriza porque hay instituciones que tienen por objeto aumentar la participación del pueblo en el gobierno, como por ejemplo:

  1. Iniciativa popular. Derecho del pueblo a presentar proyectos de ley o de reforma constitucional, pudiendo incluso obligar a considerarlos;
  2. Veto popular. Facultad del pueblo para oponerse a una ley que fue aprobada pero que no ha sido promulgada, y si la mayoría de los electores no está de acuerdo con el proyecto no entra en vigencia;
  3. Plebiscito. Consulta al pueblo para que se pronuncie sobre la decisión de una autoridad de gobierno;
  4. Referéndum. Consulta al pueblo para que se pronuncie sobre una determinada norma jurídica;
  5. Revocación. Facultad del pueblo para poner término a un mandato. Puede ser Individual, cuando se revoca a una sola autoridad, o colectiva, cuando se revoca a todos los integrantes del órgano.

Autocracia.

CONCEPTO.

Es el gobierno en que los destinatarios del poder no participan de la dictación de las normas.

CLASIFICACIÓN.

1. Regímenes Autoritarios;

2. Regímenes Totalitarios.

1. Regímenes Autoritarios.

1.1 Concepto. Sistema en que el detentador del poder lo monopoliza sin que el pueblo tenga participación en la formación de la voluntad estatal.

1.2 Características.
– Existe un único detentador del poder;
– Existe una imposibilidad práctica para que los gobernados puedan participar en la formación de la voluntad soberana;
– Existe una ideología única y mayoritaria que justifica la existencia del poder monopólico:
– Tiene cinco etapas:

  1. Etapa de iniciación e inauguración;
  2. Etapa de consolidación;
  3. Etapa de institucionalización;
  4. Etapa de cambio;
  5. Etapa de quiebre.

1.3 Clasificación de los Regímenes autoritarios.

  1. Autoritarismo Militar democrático. Es ejercido por las fuerzas armadas, y se caracteriza por lo siguientes aspectos: escasez de medios para la participación ciudadana; no existencia de ideología oficial o partido político único; su legitimidad tiene un carácter mixto.
  2. Autoritarismo Estatista orgánico. El Estado crea diversos órganos a los cuales permite participar en el proceso político
  3. Autoritarismo de la movilización. Aquel en que existe un partido político único que moviliza al pueblo.
  4. Autoritarismo de la democracia racial. Aquel en que sólo participan del gobierno los que pertenecen a una determinada raza.

2. Regímenes Totalitarios.

2.1 Concepto. Sistema autocrático que implica la imposición del aparato gubernamental, de todo un sistema de vida social, moral, económico y cultural de la población.

2.2. Características.
2.2.1 Existe una voluntad de modelar la vida en su integridad;

2.2.2 Existe una ideología única y excluyente;

2.2.3 Existe un aparato compulsivo y secreto, para imponer la ideología;

2.2.4 Existe un partido único y central.

Teoría de la separación de los poderes.

Se refiere a que los poderes del Estado residen en distintos órganos, con el objeto de lograr una administración más eficiente del Estado y control del poder.

PRECURSORES.

1. John Locke. En el «Ensayo sobre el gobierno civil», hace una distinción entre Poder Ejecutivo (facultad de hacer cumplir la ley), y el Poder Legislativo (facultad de dictar las leyes).

2. Montesquieu. En el «Espíritu de la Leyes», estableció una división tripartita de los poderes del Estado, distinguiendo entre Poder Ejecutivo, Poder Legislativa y Poder Judicial.

La división tripartita de los poderes del Estado fue plasmada por primera vez en la Constitución Norteamericana de 1787.

ASPECTOS DESTACABLES DE LA DOCTRINA.

1. Distinción de tres funciones dentro del Estado: La de dictar la ley, la de ejecutar la ley, y la de sancionar sus transgresiones y resolver los conflictos entre los particulares.

2. Establece órganos distintos para desempeñar cada una de las funciones del Estado.

3. Los órganos del Estado deben ser recíprocamente independientes.

4. Cada función del Estado debe confiarse exclusiva y especialmente al órgano respectivo.

5. Las decisiones de cada órgano son irrevocables.

LA CLASIFICACIÓN  DE LAS FORMAS DE GOBIERNO SEGÚN LA DOCTRINA DE LA SEPARACIÓN DE LOS PODERES.

Según las relaciones que se den entre los poderes del Estado destacan tres tipos de Gobiernos:

  • Gobierno Presidencial o de estricta separación de poderes;
  • Gobierno Parlamentario o de flexible separación de poderes;
  • Y Gobierno de confusión de poderes.

1. Gobierno Presidencial. (caso de Estados Unidos)

1.1 Origen. Tiene su origen en la Convención de Filadelfia del año 1787, presidida por  George Washington y la cual dio origen a la Constitución de los Estados Unidos de América.

1.2 Composición. El Estado está dividido en tres ramas: Poder Ejecutivo, legislativo y Judicial.

1.2 Poder Ejecutivo. Está radicado en el Presidente de la República, en un Vicepresidente y en un Gabinete. El Presidente de la República es el Jefe de Estado, elJefe de Gobierno, y el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas,  y es elegido mediante una votación indirecta, por medio de Consejos de electores en cada Estado, y dura 4 años en su cargo pudiendo ser reelegido hasta por dos veces.

– El Presidente tiene amplas facultades, entre las cuales destacan las siguientes:

  • Ser el Jefe Supremo de la Nación;
  • Dirigir las relaciones internacionales, pudiendo celebrar Tratados;
  • Potestad reglamentaria;
  • Puede realizar acuerdos ejecutivos, para prescindir del Congreso;
  • Nombrar al personal diplomático con el acuerdo del Senado;
  • Ser el comandante en Jefe de Las FuerzasArmadas;
  • Conceder indultos;
  • En materia legislativa, tiene las siguientes atribuciones:
    • Presentar mensajes, que son recomendaciones que hace al Congreso indicándole las materias que considera importante legislar;
    •  Veto, esto es, la facultad para objetar un proyecto de ley aprobado por el Congreso, el cual puede insistir por los dos tercios de los miembros de cada cámara;
    • Seleccionar las leyes.

1.3 Poder Legislativo. Reside en un Congreso bicameral, formado por un Senado y Cámara de Representantes que tiene facultades limitadas.

1.3.1Senado. Está integrado por dos senadores por cada Estado que duran 6 años en su cargo, y se renueva un tercio de ellos cada dos años.

Las facultades del Senados son las siguientes:

  • Dar su acuerdo para la celebración de Tratados Internacionales;
  • Dar su acuerdo para el nombramiento de ciertas autoridades (Ministros, Jueces de la Corte Suprema, y embajadores);

1.3.2 Cámara de Representantes. Está integrada por 435 miembros que duran 2 años en su cargo, y está presidida por un Speker, que es el encargado de llevar el proyecto de ley a una comisión determinada.

El Congreso Federal es el encargado de definir las normas jurídicas generales, declarar la guerra, aprobar la Ley de Presupuesto de la Nación y fiscalizar ciertas autoridades.

1.4 Poder Judicial Federal. Está encabezado por una Corte Suprema de Justicia, integrada por 9 jueces vitalicios elegidos por el Presidente con acuerdo del Senado.

Entre las facultades de la Corte Suprema se encuentra la de realizar el control de constitucionalidad de las leyes, y la de resolver las controversias entre las autoridades y las normas federales.

2. Gobierno Parlamentario (caso de Reino Unido). 

2.1 Origen. Se inicia en el siglo XVII sobre la base de un Derecho Consuetudinario.

2.2 Poder Ejecutivo. Está radicado en un Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. El Jefe de Estado corresponde a un Rey (si se trata de una monarquía parlamentaria) o a un Presidente (si se trata de una república parlamentaria). El Jefe de Gobierno por su parte, corresponde al Primer Ministro.

Las principales instituciones del Gobierno parlamentario británico, son las siguientes:

2.2.1 Corona. Es de carácter hereditaria y vitalicia, y es ocupada por un Rey o reina. Entre sus facultades se encuentra la de otorgar títulos nobiliarios, designar al Primer Ministro, disolver la Cámara de los comunes a petición del Primer Ministro y promulgar las leyes.

2.2.2 Gabinete. Está integrado por los ministros, que son los colaboradores del Primer Ministro en el gobierno. Es designado por el Rey a petición del Primer Ministro.

Entre sus facultades se encuentran:

  • Controlar la política interna y externa del país;
  • Y, controlar la administración, finanzas y economía del país.

2.2.3 Primer Ministro. Es el Jefe de gabinete designado por el Rey, y debe ser el líder del partido mayoritario en el Parlamento. Se le denomina “Leader”, y debe contar con la confianza de la cámara de los comunes. Dura 5 años en el cargo.

2.3 Poder Legislativo. Reside en un Congreso bicameral, formado por las siguientes cámaras:

  • Cámara de los Comunes. Es la cámara principal, integrada por 656 miembros  elegidos mediante un sistema mayoritario uninominal.
  • Cámara de los Lores. Sus miembros son vitalicios y acceden a ella por herencia o designación del Rey. Sus facultades son limitadas.

3. Gobierno directorial (caso de los cantones suizos).

3.1 Origen. Tiene su origen en el año 1921.
3.2 Características:
3.2.1 Se estructura conforme a la unidad nacional;
3.2.2 Fuerte sentido de legitimidad democrática;
3.2.3 Respeto al derecho a discrepar y la libertad electoral.
3.2.4 Está formado por 22 cantones.
3.3 Organización política.

3.3.1 Poder Ejecutivo. Reside en un Consejo Federal integrado por 7 miembros.
3.3.2 Poder Legislativo. Reside en una Asamblea Federal integrada por dos cámaras: Cámara del Consejo Nacional;  y Cámara del Consejo de los Estados. Entre sus facultades se encuentra: Cumplir con el rol de órgano legislativo; designar a los miembros del Consejo Federal;  y designar al canciller general.
3.3.3 Poder Judicial. Está formado por los siguientes tribunales:
-Tribunales de primera y segunda instancia que hay en cada cantón y que velan por la aplicación de las normas tanto locales como federales.
– Y por un Tribunal Federal (de casación).

3.4 Organización administrativa. Cada cantón se rige por el principio de la autonomía y soberanía, porque tiene su propia organización.

4. Gobiernos Semi-presidenciales. Son los que comparte características de los gobiernos presidenciales y parlamentarios, con preponderancia del gobierno parlamentario. Ejemplos de estos gobiernos son el de Francia, Finlandia y Perú.